jueves, 20 de octubre de 2022

Declaración de Interés Legislativo Municipal, a la Industria de la Construcción

En el mes de julio del 2022, la Seccional Mar de Ajó de la UOCRA, realizo un pedido de Declaración  de Interés Legislativo Municipal, a la Industria de la Construcción.

Aceptando el desafío, y luego de reunirnos con el Gremio, redactamos ese proyecto de Resolución, al que se sumó luego el Concejal Daniel López de Cambiemos.

El mencionado proyecto, fue tratado por la Comisión Nº 1, de Legislación y Acuerdo, (integrada por los presidentes de todos los bloques políticos), fue aprobado por unanimidad, y el día 19 de octubre, en sesión pública, fue aprobado por unanimidad.

Te dejo mi fundamentación, y luego el texto del proyecto.










TEXTO

Declaración  de Interés Legislativo Municipal, a la Industria de la Construcción

Visto:

La nota presentada a la Presidencia de este Cuerpo Legislativo, por parte de la Seccional Mar de Ajó de la UOCRA, y

Considerando:

Que, en el carácter de representantes de los Trabajadores Constructores de La Costa, solicitan a este cuerpo, la declaración de Interés Legislativo Municipal, a la Industria de la Construcción.

Que, se considera a la misma como la “Madre de Industrias”, constituyéndose como una reconocida cadena de valor.

Que, a las características de orden general que acompañan por naturaleza a la actividad de la Construcción, cabe destacar que es, potenciadora de más de 100 industrias conexas, multiplicadora de la inversión y generadora de mano de obra intensiva en forma directa e indirecta.

Que, tradicionalmente se ha definido al sector de la construcción como el universo que va desde los proveedores de insumos de la construcción, los colegios profesionales de ingeniería y arquitectos, las empresas constructoras, asociaciones gremiales afines y los trabajadores constructores.

Que dentro de los profesionales y técnicos podemos ubicar aquellos con conocimientos específicos, como arquitectos, ingenieros, agrimensores, maestros mayores de obra y especialistas en seguridad e higiene; los que aportan sus servicios en el área de gestión y comercialización, finanzas, contables y legales. Incluyen estas áreas la intervención de escribanos, abogados, martilleros, contadores, licenciados en administración y comunicadores, entre otros.

Que, dentro de los oficios se encuentran jefes de obra, capataces, obreros y auxiliares, pintores, electricistas, carpinteros, sanitaristas, gasistas, vendedores, etc.

Que también se debe considerar a las empresas y negocios que proveen insumos y materiales: maderas, piedra, arena, arcilla, objetos de barro, loza, porcelana, ladrillos comunes, bloques, cemento, cal, yeso, mármol, granito, artículos de cemento y fibrocemento, mosaicos, productos minerales no metálicos, derivados del petróleo y del carbón, pinturas, barnices y lacas, materiales refractarios, tanques y depósitos metálicos, estructuras metálicas, ascensores, chapas para carpintería, caños y cables de luz, entre otros.

Que, se dan en el caso de nuestro Distrito, particularidades que justifican la Declaración solicitada.

Que, el Turismo y la Construcción, constituyen desde nuestros orígenes fundacionales, los motores principales del desarrollo económico y social.

Que, la Construcción, es históricamente, la proveedora de trabajo, y sustento de una gran mayoría de las familias Costeras.

Que, la realidad indica que es una actividad “Productiva”, no directamente relacionada con la Industria de los Servicios, hoy mayoritariamente, motor económico del Partido de la Costa.

Que, como Distrito Turístico, el crecimiento vegetativo y migratorio se ha potenciado en tiempos recientes.

Que, además de optimizar la Cadena de Servicios, resulta necesario que se estimulen y desarrollen las actividades productivas, conexas e inconexas a la misma, y en ese sentido, la Construcción aparece como la impulsora de industrias relacionadas.

Que, potenciar la Construcción implica, mejor y mayor integración de los sectores que la integran, mejor marco regulatorio de la obra Pública y Privada, impulso para el crecimiento de la formalidad del sector y de la seguridad en obra y respecto a terceros, y mayor provisión de trabajo directo e indirecto.

Que, es necesario que esto último, se plasme en políticas públicas activas, duraderas y constantes, para lo cual la solicitud de Declaración constituye un elemento esencial.

Por ello

El Concejo Deliberante del Partido de la Costa, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo N° 1: Declárese de Interés Legislativo Municipal a la Industria de la Construcción, en el Partido de la Costa.

Artículo N° 2: Invitase al Departamento Ejecutivo Municipal, a adoptar igual temperamento.

Artículo N° 3: Notifíquese de la presente a la Seccional Mar de Ajó de la UOCRA, por ser los impulsores de la presente.

Artículo N° 4: De forma.

López

Pavka

 



martes, 28 de junio de 2022

Proyecto de Decreto (HCD) para reglamentar las Declaraciones de Interés Legislativo Municipal.

A menudo ingresan a este Concejo Deliberante, con el objetivo de que se declare de “Interés Municipal” a distintas actividades y/o eventos  que se realizan en nuestro Distrito, como así también aquellas originadas por integrantes de este Cuerpo, que en general tienen que ver con eventos, charlas abiertas a la comunidad, cine-debates, seminarios, talleres, coloquios, proyectos científicos, concursos, presentación de ciclos culturales, libros, etc

Además, instituciones y organizaciones intermedias merecen un reconocimiento y/o promoción de sus actividades por parte del Concejo, por su valor para la comunidad.

No hay, a la fecha, una reglamentación que establezca, condiciones y/o antecedentes que cada evento debe acreditar para hacerse merecedores de tal reconocimiento.

Y a veces  la documentación presentada por los solicitantes difiere en cada caso, dependiendo de quién eleve el proyecto a tratar, siendo en ocasiones escasa e incompleta, o carece del tiempo suficiente para su tratamiento.

Todo esto produce un manejo "discresional" y subjetivo.

Es por eso, que he presentado el siguiente proyecto, que seguramente será mejorado en las comisiones respectivas, para subsanar estas falencias.









Proyecto: Registro Voluntario de Simples Asociaciones (RVSA). SEGUNDO INTENTO

 




El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, sancionado mediante la ley Nº 26.994, incorpora en su artículo 148, “Personas Jurídicas Privadas”, como inciso c) a las simples asociaciones.

Qué son las Simples Asociaciones?

Son organizaciones de personas cuyo objeto social, debe estar vinculado al interés general o al bien común, y no puede perseguir el lucro, y que antes se las denominaba “Sociedades de Hecho”.

La ventaja de esta nueva figura, es que permite que un grupo de personas, pueda desarrollar su actividad, en forma organizada, y con un marco legal, que antes no existía. Para lo que sea. Recreación, actividades sociales, culturales, deportivas, etc., siempre que cumplan con el requisito de no perseguir lucro.


Y, nos parece, que para las personas que producen bienes o servicios, de manera asociativa, es una figura aplicable, práctica, y con requisitos mínimos.  

En el marco de las figuras jurídicas que se desenvuelven en la Economía Social, Popular y Solidaria podemos encontrarnos con cooperativas, mutuales, asociaciones civiles y grupos no conformados formalmente, sin personería jurídica. Es el caso que nos ocupa.

El Código Civil y Comercial de la Nación, NO DISPONE que las simples asociaciones, a diferencia de las asociaciones civiles (con personería jurídica), se inscriban en un registro determinado, previa autorización estatal.

Es por eso, que el proyecto presentado, crea un REGISTRO VOLUNTARIO DE SIMPLES ASOCIACIONES (RVSA), que les reconoce visibilidad jurídica, a través de su registración en un Libro Especial que se crea a estos efectos y la entrega posterior, de un certificado que así lo acredite, de parte de la Municipalidad.

Te dejo el Proyecto de ordenanza presentado, con sus anexos correspondientes.

Creo que es una herramienta que potencia la organización popular, el asociativismo, la solidaridad y ayuda a la consolidación del entramado social, sobre todo, en las épocas que nos toca vivir, donde reina el individualismo y la meritocracia.

De cualquier modo, y hasta que se apruebe, me pongo a disposición de quien lo necesite, para ayudar a formar Simples Asociaciones. Solo tenés que contactarme y nos ponemos a trabajar.




MARCO LEGAL AQUI
MODELO ACTA CONSTITUTIVA Y ESTATUTO AQUI
Se le agrega un artículo
"Artículo 27º.-Obtención de la autorización para funcionar como entidad de bien público: Por resolución de asamblea general extraordinaria, adoptada con un quórum y mayoría no inferior a 50%, la entidad podrá transformarse en asociación civil, en los términos de los artículos 162, 168 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación, adecuando este estatuto a las exigencias legales y administrativas correspondientes y solicitando la autorización para funcionar ante la autoridad de contralor."

domingo, 5 de junio de 2022

Declaración de Interés Científico y Cultural, del Libro BESTIARIO FÓSIL del Licenciado Diego Héctor Gambetta


VISTO:
El Libro BESTIARIO FÓSIL del PARTIDO DE LA COSTA, PINAMAR y VILLA GESELL, del Licenciado Diego Héctor Gambetta y

CONSIDERANDO:
Que se adjunta a la misma, como ANEXO 1, nota del Dr. Federico Agnolin Investigador adjunto del CONICET, donde informa que “… el Museo de Ciencias Naturales de Mar de Ajó ha sido designado como repositorio oficial para alojar las colecciones paleontológicas que se realicen en todo el Partido bajo mi proyecto de investigación “Vertebrados marinos fósiles del Noreste Bonaerense” (Expte. NO-2021- 3-P-199-1-GDEBA-DPPCMPCEITGP),

Que “… Este logro se debe al esfuerzo llevado adelante durante años por el Lic. Diego H. Gambetta y equipo, quien no sólo encabeza el museo, sino también que realiza las necesarias tareas de curaduría y prospección. Debido a esto, los restos fósiles que forman parte del patrimonio cultural y natural de los habitantes del Partido De La Costa, a partir de ahora cuentan con un repositorio oficial local. En este sentido, el Museo de Mar de Ajó es el que cuenta con sitio de repositorio de material paleontológico adecuado, así como personal idóneo que se adecua a las normas establecidas por la Ley Nacional de Protección del Patrimonio Arqueológico y Paleontológico (Nº 25.743/03 - D.R 1022/04)… De esta manera todo el material paleontológico proveniente del Partido de la Costa es estudiado y luego devuelto al Museo, con la finalidad de que forme parte del acervo patrimonial regional…”,

Que el Sr. Diego Hector Gambetta es Licenciado en Museología y Gestión del Patrimonio Cultural y Técnico, en paleontología,

Que el autor se dedica a recorrer las playas bonaerenses rescatando todo tipo de fósiles y vestigios de fauna antigua y de los primeros hombres que llegaron a estas costas,

Que este libro con textos didácticos, fotografías y detalladas ilustraciones, muestra esos hallazgos que son patrimonio único de nuestro país, producto de años de estudio y observación, con los materiales rescatados en continuas campañas, algunos donados en nuestros museos costeros, formando colecciones y repositorios, y otros dejados temporalmente en el sitio para que otros especialistas trabajen mejor y con técnicas más sofisticadas, evitando así la depredación,

Que toda fuente de información que haga a la cultura de los pueblos debe ser preservada y dada a conocer a sus habitantes,

POR ELLO:
El Concejo Deliberante del Partido de la Costa, en ejercicio de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente:

RESOLUCIÓN

ARTÍCULO N° 1: Declárese de Interés Científico y Cultural, el Libro BESTIARIO FÓSIL del PARTIDO DE LA COSTA, PINAMAR y VILLA GESELL, del Licenciado Diego Héctor Gambetta

ARTÍCULO N° 2: Agréguese como ANEXO 2 de la presente, de forma digital, copia del Libro BESTIARIO FÓSIL.

ARTÍCULO N° 3: de forma.



 
Mar del Tuyú, 6 de junio de 2022

Anexo 1 (1° Parte)

Anexo 1 (2° Parte)

Anexo 2 (Texto digital del Libro)
 

miércoles, 1 de junio de 2022

RESOLUCIÓN EXIGIENDO AL P.E.N. CUMPLA LA ORDEN JUDICIAL PARA QUE BAJEN LOS BUZOS. CASO RIGEL


 

VISTO:

Que el 9 de junio de 2022 se cumplirán cuatro del hundimiento del Buque Rigel, hallado el 1 de julio del 2018, a 93,30 metros de profundidad, a 188,7 km de la costa, entre Rawson y Cabo Raso, de la provincia de Chubut, y 

CONSIDERANDO:

Que, el hecho ocurrió en la provincia patagónica, y dentro de la tripulación del Rigel se encontraba el Marinero Nahuel Navarrete, de la localidad de San Bernardo.-

Que, su madre, Guillermina Godoy, también vecina de nuestra localidad, ha tenido una actitud incansable, más allá del dolor, en cuanto exigir a las autoridades nacionales y judiciales que se busque el buque y se esclarezcan las responsabilidades del caso.- 

Que, el Juez Federal Dr. Gustavo Lleral, de Rawson, y la Junta de Peritos, requieren la de las inspecciones “subaqua” para determinar las causales del siniestro.- 

Que, la orden judicial para realizar la mencionada inspección, fue librada el 8 de octubre de 2019, estableciendo que el gobierno “arbitre todos los medios necesarios” para realizar “una completa inspección interna y externa” del buque, y como parte de ella la recuperación de los cuerpos que hayan quedado atrapados en el casco.

Que, se hace indispensable, dinamizar los trámites, dado que la fecha óptima para realizar la tarea encomendada, es el mes de octubre, donde el mar está más calmo.-

Que, la falta de cumplimiento de la manda judicial, se entendió en su momento, por el contexto de pandemia, pero que el control de la misma, hace necesario que se ponga en marcha en forma inmediata, para obtener justicia, achicando los plazos hoy muy dilatados, que perjudican la investigación, como también la salud psicofísica de los familiares, que aún esperan.-

Que, el hundimiento del Rigel no es un hecho aislado: en lo que va del siglo, hubo 49 embarcaciones hundidas en el Mar Argentino, con 98 marineros muertos o desaparecidos.

Que, en noviembre de 2021, a 41 meses del hundimiento, familiares viajaron a la localidad de Rawson donde mantuvieron una audiencia con el juez a cargo de la causa penal y tomaron conocimiento que el gobierno nacional, luego de importantes demoras, pidió presupuestos a diez empresas internaciones para saber sus requerimientos y la capacidad tecnológica de realizar las inspecciones en el casco, ubicado a 93 metros de profundidad, tareas tasadas en alrededor de un millón y medio de dólares y que se recibieron al menos dos presupuestos de empresas que cuentan con la tecnología necesaria para cumplir con la orden judicial para que bajen los buzos.

Que, familiares de víctimas de hundimientos impulsaron semanas atrás un proyecto de ordenanza en la ciudad de Mar del Plata, para que a nivel local se recuerde a los trabajadores desaparecidos en el mar en días específicos: entre el 9 y el 17 de junio, fechas en las que se produjeron los más graves hundimientos de los últimos años, el del Rigel (2018) y el Repunte (2017), respectivamente. El Concejo Deliberante sancionó el proyecto de ordenanza que establece que se llevará adelante la “Semana de Memoria a los Tripulantes Desaparecidos en el Mar“, con el objetivo de generar actividades institucionales de conmemoración y conciencia sobre las condiciones de trabajo en el Puerto y el manejo de los recursos naturales.

Que, con fecha 20 de agosto de 2021, este Cuerpo legislativo, se expresó, sobre este tema, mediante la Resolución N° 13/21, que se adjunta a la presente como Anexo 1

Que, es un deber de este Cuerpo, insistir con los términos de la resolución mencionada, y seguir acompañando a los familiares en esta lucha.

POR ELLO:

El Concejo Deliberante del Partido de La Costa en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona con fuerza de:

RESOLUCION

ARTICULO 1º.- Reiterar los términos de la Resolución N° 13/21, sancionada el 20 de agosto de 2021, que reza lo siguiente: “Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, el cumplimiento de la  manda judicial, emitida por el Juez Federal Dr. Gustavo Lleral, a través de la confección de los pliegos de licitación, para determinar las causales del siniestro, y el recupero de los cuerpos de los náufragos que pudiesen encontrarse en el Buque Rigel, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente”

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

 



                           

Mar del Tuyú, 1 de junio de 2022

viernes, 28 de enero de 2022

ADHESION AL DECRETO 17/22 DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL “Las Malvinas son argentinas”


En el marco del Decreto 17/2022, del Poder Ejecutivo Nacional,  que declara al Año 2022, como de homenaje del pueblo argentino a los caídos en el conflicto de las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR, SÁNDWICH DEL SUR y los espacios marítimos e insulares correspondientes, así como a sus familiares y a los veteranos y las veteranas de Malvinas, y que además, se cumplen 40 años del conflicto del Atlántico Sur suscitado entre nuestro país y el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE, el Señor Presidente de la Nación lanzó el pasado 19 de noviembre de 2021 la iniciativa interministerial “Agenda Malvinas - 40 años”, cuyos objetivos son elaborar acciones y propuestas que tienen como fin resaltar el reconocimiento y el homenaje del pueblo argentino a los excombatientes, caídos y familiares del conflicto del Atlántico Sur, así como difundir los principales argumentos de la posición argentina en la “Cuestión de las Islas Malvinas”, con una perspectiva inclusiva y federal.

En este contexto, presente el siguiente proyecto:









 

domingo, 21 de noviembre de 2021

Resolucion de Repudio y rápido esclarecimiento del homicidio, caratulado como "tortura seguida de muerte" de Alejandro Nicolás Martínez"


 

Mar del Tuyu, 20 de noviembre de 2021

Visto

El homicidio, caratulado como "tortura seguida de muerte" de Alejandro Nicolás Martínez, acaecido en la madrugada del  pasado jueves 18 de noviembre del corriente en la localidad de San Clemente del Tuyu, en el marco de una aprehensión policial y posterior traslado a la Comisaría La Costa III, y

Considerando

Que, desde la Dirección de DD.HH. de La Municipalidad de la Costa, por directivas del Intendente Municipal, Cristian Cardozo, se tomó intervención en la situación, priorizando el acompañamiento de la familia de la víctima así como también llevando adelante todas las acciones posibles en vistas de aportar y acompañar a la justicia en el esclarecimiento del hecho.

Que, se informó la grave situación acaecida al Director de Violencia Institucional, Ignacio Álvarez y el Director de Asuntos Jurídicos de Personas en Situación de Encierro, Gerónimo Martín Erdmann Mc Donald; ambas pertenecientes a la Dirección Provincial de Protección de DD.HH. a cargo de Pablo Giurleo de la subsecretaría de DD.HH. de la Provincia de Buenos Aires.

Que, a partir de esa articulación, se conoció la intervención de la Policía Federal, a pedido de la UFID 11 de Mar de Ajó a cargo del Dr. Pablo Gamalieri, interviniente en el caso.

Que, además, la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires, tomó intervención en la causa judicial donde se investiga el homicidio de Alejandro Nicolás Martínez y puso a disposición de su familia, con quien ya se ha mantenido las primeras comunicaciones, al Equipo de Acompañamiento de la Dirección de Grupos en Situación de Vulnerabilidad, brindando asesoramiento, orientación y contención para afrontar su pérdida y acompañarlos durante el proceso judicial que se lleva adelante.

Que, al tratarse de una muerte en contexto de encierro que podría ser causada por actos u omisiones de agentes del Estado en violación a la obligación de respetar el derecho a la vida, se solicitó ante la Fiscalía el pleno cumplimiento de la normativa referida a la violencia institucional, y se ajuste la actuación fiscal a los principios que garanticen el estándar máximo en materia de Derechos Humanos.

Que, asimismo, la Subsecretaría de Derechos Humanos bonaerense, tomó contacto con la Auditoría General de Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires que intervino desde el primer momento de los hechos, disponiendo la desafectación de servicio de los agentes involucrados.

Que, luego de realizada la correspondiente autopsia, el fiscal a cargo de la UIF Nº 11 de Dolores, dispuso la detención de los nueve efectivos y ordenó once allanamientos a fin de intentar esclarecer este homicidio caratulado como "tortura seguida de muerte".

Que, del relevamiento de testigos los investigadores de la Policía Federal Argentina (como auxiliar de la justicia) obtuvieron el testimonio de otro detenido en la comisaría, quien refirió que la víctima había llegado a la seccional, un poco exaltada, y que en esas circunstancias los policías comenzaron a apretarlo contra el piso.

Que, lamentablemente, en los últimos años, se han dado abusos policiales, incluso, denunciados y repudiados desde este órgano legislativo.

Que, desde la Municipalidad de La Costa no se tolera ningún hecho de violencia institucional y se han puesto todas las herramientas a disposición para acompañar el proceder de la Justicia, en el convencimiento de trabajar cada día para construir una comunidad democrática donde se priorice el cuidado y se erradiquen la violencias de todo tipo.

Que, citando a Esteban Rodríguez Alzueta, profesor e investigador de la Universidad Nacional de Quilmes y la Universidad Nacional de La Plata es verdad que “…Estoy pensando en la cultura del sacrificio y la entrega, pero también en la policía como vocación. Dos grandes cuentos que ponen a las policías lejos de la ciudadanía, que contribuyen a postular a los policías como actores homogéneos, separados y separables de la sociedad. Y lo cierto es que hay muchas formas de vivir la policía. No todos la experimentan como una estrategia de pertenencia, sino que, hoy día, en muchos casos la transitan como la oportunidad de resolver condiciones materiales concretas. Son policías como otros pueden ser enfermeros, maestros, abogados. No son marcianos que viven en otro planeta. Cuando se piensa a la policía con estas lógicas se está proponiendo a la policía como el garante del orden público y la reserva moral de la democracia. Una perspectiva securitaria que nos hace retroceder unas cuantas décadas en Argentina. La policía no está para velar por un orden, sino para cuidar a los ciudadanos en el ejercicio de sus derechos; no es el guardaespaldas del funcionario de turno. Porque del orden al control poblacional hay un paso, y muy corto…”

Que, hablamos de violencia institucional enraizada en la fuerza, que desde los más altos estamentos gubernamentales, debe ser erradicada.

Por ello

El Concejo Deliberante del Partido de la Costa, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente

RESOLUCION

Artículo 1°: Expresar el absoluto repudio a los hechos descriptos, y solicitar a las autoridades políticas y judiciales competentes, el rápido esclarecimiento del homicidio, caratulado como "tortura seguida de muerte" de Alejandro Nicolás Martínez, acaecido en la madrugada del  pasado jueves 18 de noviembre del corriente en la localidad de San Clemente del Tuyu, en el marco de una aprehensión policial y posterior traslado a la Comisaría La Costa III,

Artículo 2°: Expresar la solidaridad y acompañamiento a la familia de la víctima, en todas las instancias que así se requieran, visibilizando en forma pública el abuso denunciado, a efectos de prevenir la reiteración de situaciones lamentables como las descriptas.

Artículo 3°: Notificar de la Presente, al Ministerio de Seguridad del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, y a la UFID 11 de Mar de Ajó, a cargo del Dr. Pablo Gamalieri, interviniente en el caso.

Artículo 4°: De forma