jueves, 29 de noviembre de 2018

NO AL AJUSTE EDUCATIVO: RECHAZO AL CIERRE DE CARRERAS EN LOS TERCIARIOS DEL PARTIDO DE LA COSTA

Este proyecto surge, a partir de los datos que son de dominio público, pero, ademas, a partir del pedido de la conducción de Suteba La Costa - General Lavalle.


Visto
Que entre el 20 y 26 de noviembre, el gobierno de la Provincia de Buenos Aires, envió a las Regiones Educativas, las ofertas de carreras autorizadas de nivel superior, para el 2019, y

Considerando
Que todos los años, los Institutos de Formación Docente, y los de Formación docente y Técnica, elevan a la provincia su propuesta académica para ser evaluada.

Que, esta autorización es ad-referéndum de la “Disposición de carreras 2019”, que está elaborándose, para ser enviada a la totalidad de las Instituciones, por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR.

Que, tal autorización trajo la novedad de cierre de cursos históricos de la formación docente y técnica, denegación y cierre de carreras, fusión de cursos, y reasignación presupuestaria para la formación continua, en toda la Provincia de Buenos Aires.

Que en el caso del Partido de la Costa, perteneciente a la Región 18, las ofertas académicas propuestas, fueron analizadas por los órganos colegiados democráticos de cada una de las Instituciones (constituidos según la normativa vigente), aprobadas en reunión de Unidad Educativa de Gestión Distrital por el Jefe Distrital, la Secretaria de Asuntos Docentes,  por cada uno de los sindicatos docentes (Amet, Feb, Suteba, Udocba), por el Director de Educación de la Municipalidad de La Costa,  por el Consejo Escolar y demás  miembros que participaron de la reunión del 27 de septiembre del corriente año; así como también por el Consejo Regional de Educación Superior dependiente de la DGCyE de la provincia de Buenos Aires.

Que tal propuesta fue modificada, arbitraria y unilateralmente, por la Provincia, ya que en la notificación oficial, de fecha 26 de noviembre, firmada por la Prof. Eleonora Cucchiarelli, Directora de Educación Superior de Formación Docente Inicial, se rechazan dos carreras Técnicas y un Profesorado a los Institutos de educación pública Superior del Partido de La Costa (SE ADJUNTA COMO ANEXO 1)

Que, tal medida es entendida por el FUD, Frente de Unidad Docente del Partido de la Costa, como una consecuencia del ajuste que está viviendo la educación pública en todo el territorio bonaerense y nacional.

Que, concretamente se deniega la apertura de la Tecnicatura Superior en Redes Informáticas y la Tecnicatura Superior en Industrias Agroalimentarias al ISFDyT N°89 René Favaloro y la carrera de Profesorado en Educación Física al ISFD N°186 de Santa Teresita.

Que es un obligación de este cuerpo, rechazar el ajuste que se está realizando, ya que avanza en la desarticulación de las funciones definidas en la Ley de Educación Nacional para el sistema formador y cercena el derecho a la Educación Superior a miles de habitantes no sólo en el Partido de La Costa sino también de los distritos vecinos -Gral. Lavalle, Villa Gessel, Pinamar y Gral. Madariaga- por ser, en algunos casos, las únicas ofertas educativas de ese tipo en la Región.

Que, a nivel local, el Suteba junto al Frente de Unidad Docente y la comunidad educativa, se están llevando adelante acciones distritales para solicitar al gobierno Provincial que respete las carreras aprobadas y elevadas por los órganos de representación democrática, y dé marcha atrás con el ajuste en la Educación Superior.

Por ello,
El Concejo Deliberante del Partido de la Costa, en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente

RESOLUCIÓN

Articulo Nº 1: Se solicita a la Dirección General de Cultura y Educación, que a través de las áreas correspondientes, se revea la decisión tomada, de eliminar cursos, carreras e Institutos de Formación Docente y Técnica, en todo el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

Articulo Nº 2: Rechazar el cercenamiento de tecnicaturas y profesorados en el Instituto Superior de Formación Docente y Técnica Nº 89 con sede en Mar de Ajo, y en el Instituto Superior de Formación Docente Nº 186, con sede en Santa Teresita.

Articulo Nº 3: Acompañar en este reclamo, al FUD, Frente de Unidad Docente, del Partido de la Costa.

Articulo Nº 4: De forma.




lunes, 19 de noviembre de 2018

Rechazo al Presupuesto 2019 de la Provincia de Buenos Aires


VISTO
Que la Cámara de Senadores de la provincia de Buenos Aires dio ingreso el 8 de noviembre de 2018, al proyecto de Presupuesto y Ley Impositiva para el ejercicio 2019, y

CONSIDERANDO
Que, dicho presupuesto, está enmarcado en la política nacional de ajuste del Fondo Monetario Internacional, y toma las pautas macro fiscales del Proyecto de Presupuesto Nacional, previendo para el año próximo una inflación promedio de 34,8%, un valor promedio del dólar de $40,10 y una caída del PBI de -0,5%,

Que, nuevamente se ponen en riesgo las autonomías municipales con la decisión de transferir a los 135 municipios bonaerenses el costo la tarifa social energética y un porcentaje de los subsidios del transporte-

Que esta medida generaría que los distritos bonaerenses deban hacerse cargo de 10.500 millones de pesos que son parte de los 25.000 millones que ajustó el Gobierno Nacional sobre la Provincia de Buenos Aires a través del presupuesto nacional.

Que la Provincia de Buenos Aires planea un ajuste fiscal que ronda los 57 mil millones de pesos, pero sin embargo, hay exenciones impositivas a grupos económicos por 490 mil millones de pesos, y ocho petroleras se llevan subsidios por 114 mil millones.

Que pese al aumento del 20% que tendrá el presupuesto 2019 con respecto al del corriente año, el Fondo Monetario Internacional afirmó que para el año que viene la inflación que tendrá la Argentina será del 33%, por lo cual tendremos un presupuesto 13 puntos por debajo de la línea inflacionaria.

Que la única partida presupuestaria que va en aumento respecto del año pasado es el ítem ‘Pago de Deuda’, que ya ocupa el tercer lugar en el ranking de gastos de la Provincia. Seguridad, Salud y Educación, así como el resto de las partidas, van todas a la baja, además de seguir perdiendo frente a la inflación.

Que en números redondos, se prevén Gastos por $929 mil millones y Recursos por $889 mil millones (sobre la proyección de cierre 2018, crecen 32,8% y 31,8% interanual, respectivamente), lo que resulta en un Déficit Financiero de $40 mil millones (59,3% más que lo proyectado al cierre de 2018).

Que las Transferencias a Municipios crecen 28,1% respecto del cierre 2018, 3,7 puntos por debajo del ritmo al que crecen los recursos provinciales.

Que las previsiones de intereses de la deuda ascienden a $50 mil millones, y el endeudamiento púbico previsto llega a $102 mil millones.

Que se propone un nuevo cambio en el destino y distribución del Fondo Educativo (art. 39) donde se quita la aclaración de que pueden cubrirse gastos ligados educación formal e informal.

Que en cuanto a los porcentajes de afectación a infraestructura escolar, lo eleva del 50% al 100% para los municipios del conurbano, y del 40% al 70% para los del interior, y elimina la aclaración de que dichos porcentajes se aplican “luego de contemplar gastos de funcionamiento”.

Que además incluye una serie de aclaraciones que exceden las reglas sobre gastos, entre ellos: “deberán afectar recursos tanto para el mantenimiento correctivo como preventivo, realizando controles permanentes con el objeto de garantizar una operación y funcionamiento continuo, confiable y seguro de los servicios educativos”

Que fija en $25.222 millones las erogaciones necesarias para las compensaciones tarifarias del transporte público de pasajeros (la provincia recuperaría lo correspondiente a los servicios fuera del AMBA vía detracción de coparticipación municipal) y faculta al ejecutivo a convenir con Nación y CABA (arts. 96 a 98).

Que establece que tanto el costo de la implementación de la tarifa social eléctrica como el costo de la tarifa de energía eléctrica de asentamientos serán soportados por los respectivos Municipios (arts. 103 y104).

Que, deben escucharse las voces de los Intendentes Municipales, receptores primarios, de las consecuencias del ajuste nacional y provincial.

POR ELLO
El Concejo Deliberante del Partido de la Costa en uso de las facultades que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades sanciona la siguiente

RESOLUCIÓN

Artículo 1°: El Concejo Deliberante del Partido de la Costa solicita al Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, retire el proyecto de presupuesto 2019, y que el mismo se rehaga incluyendo las propuestas de las fuerzas políticas de la oposición, para ser reenviado al Congreso de la Provincia de Buenos Aires, y sea analizado, debatido y aprobado sobre bases ciertas y realistas, teniendo en cuenta, además, las opiniones de los intendentes.

Artículo 2. Envíese copia del presente, a todos los HCD de la Provincia de Buenos Aires, a las cámaras de Senadores y Diputados de la provincia de Buenos Aires y de la Nación Argentina, a las Casas de Gobierno de la Nación Argentina y la Provincia de Buenos Aires

Artículo 3. De Forma

                                       

jueves, 15 de noviembre de 2018

Proyecto de Decreto, eliminación del término "Honorable" al Concejo Deliberante



FUNDAMENTO
La intención de este Proyecto es generar la discusión, sobre si la palabra HONORABLE, que se usa actualmente en instituciones como en la Cámara de Diputados, Senadores y Concejos Deliberantes, es correctamente aplicable.

La palabra “Honorable” no aparece ni en la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, ni tampoco en la Ley Orgánica de las Municipalidades.

El justificativo utilizado en algunos cuerpos deliberativos, además del uso y la costumbre, es el carácter ad honoren que la función tenía hace muchos años,  ya que se hacía en forma gratuita. Esto ya no es así, ya que el artículo 92, de la Ley Orgánica, establece que los concejales percibirán una dieta, entendiéndose por esta, según la Real Academia Española: “Retribución o indemnización fijada para los representante en Cortes o Cámaras legislativas”

No se niega que es un honor, ser elegido representante en los gobiernos locales. Por el contrario se busca quitar la palabra “Honorable”, que de alguna manera diferencia y pone distancia, entre los ciudadanos y sus representantes, ya que está muy emparentada con una persona de categoría “Superior”.

Finalmente es muy ilustrativo destacar una cita publicada en la Gazeta de Buenos Ayres el 8 de diciembre de 1810 por el secretario de la Primera Junta, Mariano Moreno: con respecto a los títulos honoríficos: “si me considero igual a mis conciudadanos, porque me he de presentar de un modo que les enseñe que son menos que yo? Mi superioridad, solo en el acto de ejercer la magistratura, que se me ha confiado; en las demás funciones de la sociedad soy un ciudadano, sin derecho a otras consideraciones que las que merezca por mis virtudes.”


Visto

Que, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, en su Artículo Nº 190, establece que “La administración de los intereses y servicios locales en la Capital y cada uno de los partidos que formen la Provincia, estará a cargo de una municipalidad, compuesta de un departamento ejecutivo unipersonal y un departamento deliberativo…”, y

Considerando
Que, la citada Constitución es la norma fundamental de la provincia de Buenos Aires, se enmarca en la Constitución Nacional y establece el ejercicio de sus instituciones, asegurando la administración de justicia, el régimen municipal entre otras funciones.

Que, en la SECCION SÉPTIMA, Del Régimen Municipal, CAPITULO UNICO en lo referido a atribuciones inherentes al régimen municipal, el artículo 193, inciso 2, establece “Todo aumento o creación de impuestos o contribución de mejoras, necesita ser sancionado por mayoría absoluta de votos de una asamblea compuesta por los miembros del Concejo Deliberante y un número igual de mayores contribuyentes de impuestos municipales”

Que lo anterior, es la única mención distinta al clásico “departamento deliberativo”, denominándolo Concejo Deliberante, sin la adjetivación de Honorable.

Que lo mismo sucede en la Ley Orgánica de las Municipalidades. Se menciona “Departamento Deliberativo” o “Concejo Deliberante”, sin mencionar la palabra “Honorable”, con una única excepción en el artículo 263 bis, incorporado por la ley provincial nº 11.024, Publicada en el B.O. el 14/12/1990
Que, el uso de la palabra “Honorable” por tanto, no es de uso en ninguno de los instrumentos jurídicos mencionados.

Que, la intención de este Proyecto es generar y terminar con una discusión: si la palabra “Honorable”, que se usa actualmente en instituciones como en la Cámara de Diputados, Senadores y Concejos Deliberantes, es correctamente aplicable.

Que, el justificativo utilizado en algunos cuerpos deliberativos, además del uso y la costumbre, es el carácter ad honorem que la función tenía hace muchos años,  ya que se hacía en forma gratuita.

Que esto ya no es así, ya que el artículo 92, de la Ley Orgánica, establece que “Los concejales percibirán, salvo manifestación expresa en contrario prestada en forma fehaciente y personal por el interesado, una dieta mensual fijada por el Concejo…” siendo el concepto de dieta, según la sexta acepción del diccionario de la Real Academia Española: “Retribución o indemnización fijada para los representante en Cortes o Cámaras legislativas”

Que, además, las modernas teorías de derecho político hacen referencia al mandato, como un contrato político, donde el pueblo (ciudadanos) le encomienda al concejal, una tarea, en base a las propuestas electorales.

Que, no se niega que es un honor, ser elegido representante en los gobiernos locales. Por el contrario se busca quitar la palabra “Honorable”, que de alguna manera diferencia y pone distancia, entre los ciudadanos y sus representantes

Que, además, la palabra “Honorable” está muy emparentada con una persona de categoría “Superior”.

Que, es muy ilustrativo destacar una cita publicada en la Gazeta de Buenos Ayres el 8 de diciembre de 1810 por el secretario de la Primera Junta, Mariano Moreno: con respecto a los títulos honoríficos: “si me considero igual a mis conciudadanos, porque me he de presentar de un modo que les enseñe que son menos que yo? Mi superioridad, solo en el acto de ejercer la magistratura, que se me ha confiado; en las demás funciones de la sociedad soy un ciudadano, sin derecho a otras consideraciones que las que merezca por mis virtudes.”

Que, es razonable entonces, que a partir de la sanción del presente, se elimine la palabra “Honorable”, y se denomine a este cuerpo, “Concejo Deliberante del Partido de la Costa”, adecuando en lo que corresponda, el Reglamento Interno, y los membretes de las hojas oficiales, y demás documentación de uso corriente

Por ello
El Concejo Deliberante del Partido de la Costa, en uso de las facultades que le confiere la ley orgánica de las municipalidades, sanciona el siguiente

DECRETO

Artículo 1º: Suprimir la palabra “HONORABLE” de este Departamento Deliberativo, el que a partir de la sanción del presente de denominará: “CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE LA COSTA”.

Artículo 2º: Autorizar al Sr. Presidente del cuerpo a producir las adecuaciones correspondientes en el Reglamento Interno, y los membretes de las hojas oficiales, y demás documentación de uso corriente.

Artículo 3º: De forma




Marcelo Pavka
Concejal FPV
La Costa




lunes, 5 de noviembre de 2018

No a la derogacion del Fondo Sojero. Aprobado por unanimidad


En la Sesión Ordinaria del 1 de noviembre, en el Concejo Deliberante del Partido de la Costa, le dijimos NO A LA DEROGACION DEL FONDO SOJERO. Te dejo mi fundamentación


Mira estos números que afectan al Municipio de la Costa: 
Según datos de la Provincia, las transferencias previstas para el Partido de la Costa, para el año 2018, eran de $ 23.207.000. Hasta junio, se recibieron $14.579.000, es decir nos deben $8.628.000.
Pero Juan Pablo de Jesús encaró obras por $29.422.000. Por lo tanto, entre lo que no nos manda Macri y Vidal, más lo que pone el municipio, se invierten $14.843.000 de recursos propios. 

En este enlace, tambien podes escuchar los fundamentos de los compañeros Jualma Molina y Cristina Bauzá


https://ar.ivoox.com/es/no-a-derogacion-del-fondo-sojero-audios-mp3_rf_29842038_1.html

Este es el proyecto votado

https://laborlegislativalacosta.blogspot.com/2018/10/rechazo-al-dnu-de-macri-derogando-el.html