Mar
del Tuyu, 8 de abril de 2019
VISTO
La demora en el inicio
de la Campaña de Vacunación Antigripal 2019, y
CONSIDERANDO
Que, la Secretaría
de Gobierno de Salud, del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación no ha
dado las explicaciones del caso, en relación a que las vacunas aún no han sido
compradas.
Que, la Vacuna
Antrigripal Trivalente Estacional, debe ser adquirida por el Estado Nacional, a
fines del año anterior.
Que, esto debe ser
así, dado que la distribución a las provincias debe realizarse al comienzo del
año.
Que, la
Organización Mundial de la Salud (OMS) recomienda que se empiece a aplicar
todos los 20 de marzo que es cuando arranca el otoño y de allí se calcula que
hay que darle 20 días para que haga efecto en el cuerpo de la persona.
Que, a la fecha, todavía
no hay vacunas autorizadas por Administración Nacional de Medicamentos,
Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) para el ingreso al país y su uso, tanto
en el sector público como en el privado.
Que, cuanto más se
dilate la llegada de las dosis, que son distribuidas de manera gratuita en Centros
de Atención Primaria de la Salud (Caps) y hospitales de todas las provincias,
más demora el efecto preventivo.
Que, justamente, el
objetivo de la campaña es reducir las complicaciones, hospitalizaciones,
muertes y secuelas ocasionadas por el virus de influenza en la población de
riesgo en Argentina.
Que, la vacuna
antigripal fue incorporada al Calendario Nacional de Vacunación en el año 2011,
siendo gratuita y obligatoria para todos los que estén incluidos en los grupos
de riesgo, y debe ser aplicada en forma anual.
Que, la gripe o influenza
es una enfermedad viral muy contagiosa que afecta al 15% de la población
mundial. De ese porcentaje, el 40% son niños.
Que, los grupos de
riesgo son:
1-Todos los adultos
a partir de los 65 años.
2-Todos los niños entre
6 y 24 meses.
3-Las embarazadas
en cualquier trimestre del embarazo.
4-Las mujeres en
los primeros diez días del puerperio si no se vacunaron durante el embarazo.
5-Todas las
personas entre los 2 y los 64 años con factores de riesgo.
Que, se han recibido
por distintos medios, expresiones de preocupación, de sectores de la población,
ante esta demora, solo atribuible a la desidia y la falta de previsión del
gobierno del Presidente Mauricio Macri.
POR ELLO
El Concejo
Deliberante del Partido de la Costa, en ejercicio de las facultades que le
confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona la siguiente
RESOLUCIÓN
Artículo 1º:
Manifestar su preocupación por la demora injustificada del inicio de la Campaña
de Vacunación Antigripal 2019, por los motivos expuestos en los considerandos
de la presente.
Artículo 2º:
Requerir al Gobierno nacional, arbitre los medios necesarios para la urgente
distribución de la Vacuna Antrigripal Trivalente Estacional incorporada al
Calendario Nacional de Vacunación, siendo gratuita y obligatoria para todos los
que estén incluidos en los grupos de riesgo.
Artículo 3º:
Notificar de la presente a la Secretaría de Gobierno de Salud, del Ministerio
de Desarrollo Social de la Nación, y al Ministerio de Salud de la Provincia de
Buenos Aires.
Artículo 4º:
De forma.
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